Preguntas frecuentes sobre ascensores en Almería

Qué cuesta el ascensor, votos necesarios, IVA aplicable, ayudas de la Junta de Andalucía y qué exige de verdad el Real Decreto 355/2024.

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Junta de una comunidad de propietarios en Almería

Dudas frecuentes sobre poner ascensor en una comunidad de Almería

Estas son las preguntas que más se repiten cuando una comunidad de la provincia empieza a moverse: cuántos votos hacen falta, qué IVA se aplica, cuánto puede costar y qué obliga exactamente la normativa nueva. Las respuestas están escritas pensando en edificios de aquí, no en un caso genérico.

¿Cuántos vecinos tienen que estar de acuerdo para poner un ascensor?

La Ley de Propiedad Horizontal pide doble mayoría, de propietarios y de cuotas, salvo el supuesto de accesibilidad obligatoria. Lo que suele sorprender es el calendario. La primera junta rara vez decide nada: se acuerda encargar estudios. La segunda ya vota sobre propuestas concretas y aprueba el reparto por coeficiente. La tercera cierra la financiación y autoriza la firma.

Entre medias hay que contar la convocatoria, los treinta días naturales que tiene el ausente notificado para manifestar su discrepancia y, después, la licencia municipal. En escaleras de El Ejido o Roquetas con mucha segunda residencia, ese calendario pesa más que la propia mayoría: lo sensato es fijar las tres fechas ya en la primera reunión.

¿Cuál es la mejor marca de ascensores?

Todas las que se montan en España llevan marcado CE y aparato homologado, así que la diferencia se nota poco en el hierro y mucho en lo que cuesta tenerlo. Un ascensor se paga dos veces: la obra, una sola; el mantenimiento, cada mes hasta la próxima renovación.

Al comparar conviene sumar cuota mensual, revisiones incluidas, importe de una salida fuera de horario y disponibilidad de repuestos el día que el modelo salga de catálogo.

En la franja litoral almeriense hay un factor añadido: el ambiente salino de Aguadulce, Vera Playa o Garrucha castiga puertas y guías, y una empresa con servicio técnico dentro de la provincia responde antes que otra que desplaza personal desde Murcia o Granada.

¿Qué IVA se paga en la instalación de un ascensor?

La instalación completa tributa al 21 %; el 10 % solo cabe en obras de renovación del artículo 91.Uno.2.10 de la Ley 37/1992. Medio internet repite el tipo reducido porque se queda en el titular.

La letra pequeña exige tres condiciones a la vez y la que casi nunca se cumple es la del 40 %: los materiales que aporta quien ejecuta la obra no pueden superar ese porcentaje de la base imponible.

En un aparato nuevo el propio ascensor es material, se lleva la mayor parte del importe y rebasa ese límite, tal como resolvió la consulta vinculante V2910-18 de la Dirección General de Tributos. El tipo reducido encaja mejor donde manda la mano de obra: adecuación a normativa, cambio de puertas o de maniobra.

¿Cuánto suele costar instalar un ascensor?

No existe tarifa: el importe se construye sobre el edificio concreto. La variable que más pesa es el número de paradas, y no crece de forma proporcional. Subir de tres plantas a cuatro añade una puerta, un embarque, más guías y más recorrido, pero la maquinaria, el cuadro y la excavación del foso ya estaban pagados.

Por eso el salto de la primera planta a la segunda encarece mucho más que el de la cuarta a la quinta, y por eso un bloque de cinco alturas de Adra sale mejor por vivienda que uno de tres en Huércal de Almería.

Después entran el tipo de hueco, la acometida eléctrica, el proyecto visado y unas tasas municipales que cambian de un ayuntamiento a otro.

¿Qué precio tiene un ascensor nuevo?

Depende de lo que le exija el edificio. Un bloque del Poniente levantado en los noventa suele tener caja de escalera regular, forjados homogéneos y portal a nivel: se resuelve con soluciones de catálogo y sin sorpresas estructurales.

Un inmueble del casco de la capital, de los sesenta o anterior, pide medida a medida, refuerzo de forjados, a veces ocupación de patio y casi siempre embarques en rellano intermedio, porque las plantas no coinciden con el descansillo.

El aparato en sí vale algo parecido en los dos casos; lo que mueve la cifra final es todo lo que hay que hacer alrededor para que quepa. De ahí que una valoración seria empiece por una visita y una medición.

¿Cuándo entra en vigor la nueva ley de ascensores?

Ya rige: la ITC AEM 1 que trajo el Real Decreto 355/2024 está en aplicación desde julio de 2024. La pregunta útil no es la fecha, sino quién lo revisa.

Lo comprueba un organismo de control autorizado durante la inspección periódica, obligatoria cada cuatro años cuando la finca supera las veinte viviendas o el recorrido sirve a más de cuatro alturas. De esa visita sale un acta con las deficiencias clasificadas.

Una deficiencia grave abre un plazo de hasta tres años para corregirla; las intervenciones mayores, renovar guías por ejemplo, disponen de una década. El aparato sigue prestando servicio salvo deficiencia muy grave. Lo práctico es tener ese acta encima de la mesa antes de pedir propuestas de renovación.

¿Cuánto cuesta cambiar un ascensor viejo por uno nuevo?

La cifra depende de cuánto se conserve. Si el hueco y las guías están en buen estado, se renuevan cabina, maquinaria, puertas y maniobra y el importe se queda cerca de media instalación.

La balanza cae del lado de sustituir entero cuando el equipo supera los veinticinco o treinta años, cuando el fabricante ya no sirve repuestos, cuando la cabina no admite una silla de ruedas o cuando el acta de inspección acumula deficiencias que por separado parecían menores.

En esta provincia esa horquilla de edad coincide con los aparatos montados durante el despegue del Poniente, y por eso muchas comunidades de Vícar o de La Mojonera están echando esta cuenta justo ahora.

¿Hay ayudas para instalar un ascensor en la provincia de Almería?

Sí. La Junta mantiene en marcha su línea de accesibilidad para bloques de viviendas, con bases de 2023 y convocatoria por Orden de 22/10/2024.

Financia hasta el 60 % del importe; ese porcentaje sube al 80 % cuando en la finca vive alguien con discapacidad o que ya cumplió los 65, y alcanza el 100 % dentro de las áreas de rehabilitación declaradas.

Ahora bien, el requisito que más decide en esta provincia es la fecha: el inmueble tiene que estar terminado antes de 2006, y buena parte del parque de El Ejido, Vícar y Roquetas se levantó entre 1990 y ese mismo año. Merece la pena mirar la licencia de primera ocupación antes de dar por hecha la subvención.

¿Qué dice la ley sobre la instalación de ascensores en comunidades de propietarios?

La Ley de Propiedad Horizontal abre dos caminos. Por el artículo 10.1.b la obra de accesibilidad se vuelve obligatoria y sin acuerdo de junta cuando la solicita un propietario mayor de 70 años o con discapacidad, con el tope de doce mensualidades ordinarias una vez descontadas las subvenciones.

El artículo 17.2 gobierna el resto de los casos, y el 17.8 incorpora el voto presunto del ausente. Ese detalle desatasca muchas juntas en la costa de Almería, donde una parte de los propietarios reside fuera y no acude a las reuniones.

Sea cual sea la vía, el acta tiene que recoger con claridad el reparto por coeficiente de participación para que la derrama resulte exigible a todos.

¿Hablamos de tu caso concreto en la provincia de Almería?

Hay portales que no se parecen a ninguno de estos supuestos, y es lo habitual: cada escalera arrastra su propia historia. Describe el edificio en el formulario y lo miramos con los datos concretos, incluida la fecha de terminación, que en esta provincia decide más de lo que parece.

Si tu duda es el reparto entre bajos comerciales y viviendas, es la conversación de media Almería: plantéala.

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